| LA IGUALDAD
DE GÉNERO.
"...
El varón y la mujer son iguales ante la ley..."
Artículo 4º constitucional Hombres
y mujeres tenemos los mismos derechos desde que nacemos.
Sin embargo, a pesar de que nuestros derechos están
reconocidos tanto nacional como internacionalmente,
durante nuestra vida las mujeres afrontamos situaciones
en que tales derechos no siempre se respetan.
La igualdad entre hombres y mujeres se fundamenta
en la dignidad, atributo que nos corresponde a todos sin
importar diferencias de género, origen étnico,
religión, pensamiento, etc.
DERECHO A LA EDUCACIÓN.
"... La educación que imparta el
Estado tenderá a desarrollar armónicamente
todas las facultades del ser humano y fomentará en él,
a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad
internacional, en la independencia y en la justicia..." Artículo 3º constitucional
Derecho a:
Que las mujeres de todas las edades recibamos
educación que no sea discriminatoria y que promueva
los valores de la solidaridad, la equidad y el respeto;
Alcanzar niveles educativos cada vez más
altos;
Recibir capacitación
que permita ampliar nuestras posibilidades de desarrollo
laboral;
Que la educación básica incluya
información sobre sexualidad y salud reproductiva,
con perspectiva de género, y
Participar en las decisiones de política
educativa.
DERECHO A LA SALUD.
"Toda persona tiene derecho a la protección
de la salud..."
Artículo 4º constitucional
Para tener un pleno bienestar físico,
emocional, mental y social, tenemos derecho a:
Contar
con servicios de salud accesibles y de buena calidad;
Que los servicios de salud brinden atención
integral que tome en cuenta las diferencias biológicas,
médicas, psicológicas, laborales y económicas;
Que la información sobre los servicios
de salud que recibimos tome en cuenta nuestra condición
de género;
Que en todas las instancias
y programas de gobierno se incorporen estudios e investigaciones
relacionados con la salud de las mujeres, y
Contar con una alimentación
balanceada que permita nuestro pleno desarrollo.
DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS.
"... Toda persona tiene derecho a decidir
de manera libre, responsable e informada sobre el número
y el espaciamiento de sus hijos..." Artículo 4º constitucional
Para un desarrollo pleno de nuestra sexualidad, tenemos
derecho a:
La información y la educación
sexuales y reproductivas;
Ejercer nuestra sexualidad
libre y responsablemente;
La maternidad libre: decidir por propia elección
la maternidad;
Elegir libre e informadamente la utilización
de anticonceptivos, y
No sufrir violencia, abuso
o acoso sexuales.
DERECHO A NO SER VÍCTIMAS DE VIOLENCIA.
Para prevenir la violencia en nuestro perjuicio y combatirla,
tenemos derecho a:
Contar con servicios de
ayuda adecuada y eficiente para evitar y combatir la
violencia dentro y fuera del hogar;
Que se prevengan, investiguen y castiguen
los actos de violencia contra las mujeres cometidos por
cualquier persona, incluidos los funcionarios públicos
o miembros de la policía, las fuerzas de seguridad,
el ejército y las fuerzas armadas, y
Que no se aluda o se aplique ninguna costumbre,
tradición o principio religioso como pretexto para
justificar la violencia contra las mujeres.
DERECHO AL TRABAJO.
"A ninguna persona podrá impedirse
que se dedique a la profesión, industria, comercio
o trabajo que le acomode siendo lícitos..." Artículo 5º constitucional
"Las mujeres durante el embarazo no realizarán
trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifique
un peligro para su salud en relación con la gestación...
Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin
tener en cuenta sexo ni nacionalidad..." Artículo
123 constitucional
En ocasiones las mujeres son el mayor
sostén del
hogar y también se ocupan de los deberes domésticos,
es decir, realizan dobles jornadas. Por otro lado, el trabajo
en casa, no remunerado, suele no valorizarse.
Para la igualdad en el ámbito
laboral tenemos derecho a:
Recibir el salario
justo e igual al que perciben los hombres por el mismo
trabajo;
Que hombres y mujeres
tengamos horarios laborales justos que nos permitan compartir
equitativamente las responsabilidades familiares, lo
que debe incluir los permisos y las licencias por maternidad
y paternidad;
Trabajar sin que importe si estamos embarazadas - siempre
que la labor no ponga en peligro la vida o la salud de
la mujer o del producto de la concepción-, nuestro
estado civil o cualquier otra condición especial
que no afecte el desempeño laboral;
Que
no se nos discrimine por ocupar puesto alguno con motivo
de ser mujeres, y
Que no se nos discrimine por nuestra orientación
sexual.
DERECHO AL DESARROLLO.
"El Estado organizará un sistema
de planeación democrática del desarrollo
nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y
equidad al crecimiento de la economía..." Artículo
26 constitucional
Para el desarrollo incluyente tenemos derecho a:
La distribución equitativa de los
recursos producto del desarrollo económico y social:
bienes, patrimonios, ingresos y servicios;
Tener, en igualdad de condiciones que los
hombres, acceso a los recursos económicos, la propiedad
y el control de la tierra;
Una vida digna, y
Que se reconozca y valore nuestra contribución
al desarrollo económico.
DERECHO A LA PARTICIPÁCION POLÍTICA.
"Son prerrogativas del ciudadano: I. Votar
en las elecciones populares; II. Poder ser votado para
todos los cargos de elección popular y nombrado
para cualquier otro empleo o comisión teniendo las
calidades que establezca la ley..." Artículo 35 constitucional
Para una ciudadanía plena tenemos
derecho a:
Participar activamente y de manera equitativa
en la instituciones gubernamentales, la administración
pública, los órganos legislativos y los tribunales
judiciales - en todos los niveles;
Tomar decisiones en igualdad de condiciones
que los hombres, tanto en el ámbito público
como en el privado, y
Recibir capacitación
para fomentar el liderazgo de las mujeres.
DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE SANO.
"...Bajo criterios de equidad social y productividad
se apoyará e impulsará a las empresas de
los sectores social y privado de la economía, sujetándolos
a las modalidades que dicte el interés público
y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos,
cuidando su conservación y el medio ambiente..." Artículo
25 constitucional
Para un medio ambiente sano tenemos derecho a:
Participar en los planes de ordenamiento
ecológico territorial y de manejo de los recursos
naturales;
Que las políticas de desarrollo sostenible
incluyan la perspectiva de género en sus programas;
El uso de la tecnología
que no implique peligro para la vida y la salud de las
mujeres, y
Participar en la toma
de decisiones para conseguir un medio ambiente sano.
DERECHO A USAR LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.
"La manifestación de las ideas no
será objeto de ninguna inquisición judicial
o administrativa, sino en el caso de ataque a la moral,
los derechos de terceros; el derecho a la información
será garantizado por el Estado".
Artículo 6º constitucional
Para el uso equitativo de los medios
de comunicación
tenemos derecho a:
La información y la libre expresión;
Participar plena y equitativamente en los
medios de comunicación masiva, incluyendo la gestión
y producción de programas;
Que no se promueva en los medios de comunicación
ningún tipo de violencia contra las mujeres, y que
no se transmitan imágenes distorsionadas, denigrantes
y ofensivas contra el género femenino;
Contar con espacios en los medios de comunicación para
difundir información sobre nuestras necesidades
e inquietudes, aspiraciones y propuestas.
Fuente: "Mujer los Derechos Humanos son tuyos. ¡Conócelos! ¡Hazlos
valer!" Coordinación Nacional de ONGs de Mujeres
por un Milenio Feminista y Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal.
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