Derechos humanos de las mujeres

LA IGUALDAD DE GÉNERO.

"... El varón y la mujer son iguales ante la ley..."
Artículo 4º constitucional

Hombres y mujeres tenemos los mismos derechos desde que nacemos. Sin embargo, a pesar de que nuestros derechos están reconocidos tanto nacional como internacionalmente, durante nuestra vida las mujeres afrontamos situaciones en que tales derechos no siempre se respetan.

La igualdad entre hombres   y mujeres se fundamenta en la dignidad, atributo que nos corresponde a todos sin importar diferencias de género, origen étnico, religión, pensamiento, etc.


DERECHO A LA EDUCACIÓN.

"... La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia..."
Artículo 3º constitucional

Derecho a:

•  Que las mujeres de todas las edades recibamos educación que no sea discriminatoria y que promueva los valores de la solidaridad, la equidad y el respeto;
•  Alcanzar niveles educativos cada vez más altos;
•  Recibir capacitación que permita ampliar nuestras posibilidades de desarrollo laboral;
•  Que la educación básica incluya información sobre sexualidad y salud reproductiva, con perspectiva de género, y
•  Participar en las decisiones de política educativa.


DERECHO A LA SALUD.

"Toda persona tiene derecho a la protección de la salud..."
Artículo 4º constitucional

Para tener un pleno bienestar físico, emocional, mental y social, tenemos derecho a:
•  Contar con servicios de salud accesibles y de buena calidad;
•  Que los servicios de salud brinden atención integral que tome en cuenta las diferencias biológicas, médicas, psicológicas, laborales y económicas;
•  Que la información sobre los servicios de salud que recibimos tome en cuenta nuestra condición de género;
•  Que en todas las instancias y programas de gobierno se incorporen estudios e investigaciones relacionados con la salud de las mujeres, y
•  Contar con una alimentación balanceada que permita nuestro pleno desarrollo.


DERECHOS SEXUALES Y REPRODUCTIVOS.

"... Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos..."
Artículo 4º constitucional

Para un desarrollo pleno de nuestra sexualidad, tenemos derecho a:
•  La información y la educación sexuales y reproductivas;
•  Ejercer nuestra sexualidad libre y responsablemente;
•  La maternidad libre: decidir por propia elección la maternidad;
•  Elegir libre e informadamente la utilización de anticonceptivos, y
•  No sufrir violencia, abuso o acoso sexuales.


DERECHO A NO SER VÍCTIMAS DE VIOLENCIA.

Para prevenir la violencia en nuestro perjuicio y combatirla, tenemos derecho a:
•  Contar con servicios de ayuda adecuada y eficiente para evitar y combatir la violencia dentro y fuera del hogar;
•  Que se prevengan, investiguen y castiguen los actos de violencia contra las mujeres cometidos por cualquier persona, incluidos los funcionarios públicos o miembros de la policía, las fuerzas de seguridad, el ejército y las fuerzas armadas, y
•  Que no se aluda o se aplique ninguna costumbre, tradición o principio religioso como pretexto para justificar la violencia contra las mujeres.


DERECHO AL TRABAJO.

"A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode siendo lícitos..."
Artículo 5º constitucional

"Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifique un peligro para su salud en relación con la gestación... Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en cuenta sexo ni nacionalidad..."
Artículo 123 constitucional

En ocasiones las mujeres son el mayor sostén del hogar y también se ocupan de los deberes domésticos, es decir, realizan dobles jornadas. Por otro lado, el trabajo en casa, no remunerado, suele no valorizarse.

Para la igualdad en el ámbito laboral tenemos derecho a:
•  Recibir el salario justo e igual al que perciben los hombres por el mismo trabajo;
•  Que hombres y mujeres tengamos horarios laborales justos que nos permitan compartir equitativamente las responsabilidades familiares, lo que debe incluir los permisos y las licencias por maternidad y paternidad;
•  Trabajar sin que importe si estamos embarazadas - siempre que la labor no ponga en peligro la vida o la salud de la mujer o del producto de la concepción-, nuestro estado civil o cualquier otra condición especial que no afecte el desempeño laboral;
•  Que no se nos discrimine por ocupar puesto alguno con motivo de ser mujeres, y
•  Que no se nos discrimine por nuestra orientación sexual.


DERECHO AL DESARROLLO.

"El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía..."
Artículo 26 constitucional

Para el desarrollo incluyente tenemos derecho a:
•  La distribución equitativa de los recursos producto del desarrollo económico y social: bienes, patrimonios, ingresos y servicios;
•  Tener, en igualdad de condiciones que los hombres, acceso a los recursos económicos, la propiedad y el control de la tierra;
•  Una vida digna, y
•  Que se reconozca y valore nuestra contribución al desarrollo económico.


DERECHO A LA PARTICIPÁCION POLÍTICA.

"Son prerrogativas del ciudadano: I. Votar en las elecciones populares; II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular y nombrado para cualquier otro empleo o comisión teniendo las calidades que establezca la ley..."
Artículo 35 constitucional

Para una ciudadanía plena tenemos derecho a:
•  Participar activamente y de manera equitativa en la instituciones gubernamentales, la administración pública, los órganos legislativos y los tribunales judiciales - en todos los niveles;
•  Tomar decisiones en igualdad de condiciones que los hombres, tanto en el ámbito público como en el privado, y
•  Recibir capacitación para fomentar el liderazgo de las mujeres.


DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE SANO.

"...Bajo criterios de equidad social y productividad se apoyará e impulsará a las empresas de los sectores social y privado de la economía, sujetándolos a las modalidades que dicte el interés público y al uso, en beneficio general, de los recursos productivos, cuidando su conservación y el medio ambiente..."
Artículo 25 constitucional

Para un medio ambiente sano tenemos derecho a:
•  Participar en los planes de ordenamiento ecológico territorial y de manejo de los recursos naturales;
•  Que las políticas de desarrollo sostenible incluyan la perspectiva de género en sus programas;
•  El uso de la tecnología que no implique peligro para la vida y la salud de las mujeres, y
•  Participar en la toma de decisiones para conseguir un medio ambiente sano.


DERECHO A USAR LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

"La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de ataque a la moral, los derechos de terceros; el derecho a la información será garantizado por el Estado".
Artículo 6º constitucional

Para el uso equitativo de los medios de comunicación tenemos derecho a:
•  La información y la libre expresión;
•  Participar plena y equitativamente en los medios de comunicación masiva, incluyendo la gestión y producción de programas;
•  Que no se promueva en los medios de comunicación ningún tipo de violencia contra las mujeres, y que no se transmitan imágenes distorsionadas, denigrantes y ofensivas contra el género femenino;
•  Contar con espacios en los medios de comunicación   para difundir información sobre nuestras necesidades e inquietudes, aspiraciones y propuestas.


Fuente: "Mujer los Derechos Humanos son tuyos. ¡Conócelos! ¡Hazlos valer!" Coordinación Nacional de ONGs de Mujeres por un Milenio Feminista y Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal.

 

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